Retiro AFP 2023 en abril: ¿Quiénes pueden solicitar el retiro de hasta el 95,5% de sus fondos?

Si deseas conocer en qué situaciones especiales es posible disponer de este porcentaje de los fondos y los pasos que debes seguir para ello, te lo explicamos en detalle aquí.
Por Redacción Infozport
Retiro AFP 2023 en abril: ¿Quiénes pueden solicitar el retiro de hasta el 95,5% de sus fondos?

Retiro AFP 2023 en abril: ¿Quiénes pueden solicitar el retiro de hasta el 95,5% de sus fondos? De acuerdo con información proporcionada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), se reportó que un total de 478,026 afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) han optado por retirar hasta el 95.5% de su cuenta individual de capitalización administrada por las AFP a partir de enero de este año.

Si deseas conocer en qué situaciones especiales es posible disponer de este porcentaje de los fondos y los pasos que debes seguir para ello, te lo explicamos en detalle aquí.

Retiro AFP 2023 en abril: ¿Quiénes pueden solicitar el retiro de hasta el 95,5% de sus fondos?

Es fundamental aclarar que aquellos afiliados a las AFP que deseen acceder a esta ventaja deben satisfacer ciertos criterios, como contar con la edad mínima de jubilación establecida por ley (65 años), optar por el retiro anticipado ordinario, solicitar el retiro anticipado debido a la cesación del empleo, así como cumplir con otros regímenes específicos.

El esquema de jubilación anticipada por desempleo (REJA) se enfoca en aquellos afiliados que tienen entre 50 y 65 años de edad y han estado sin trabajo durante un período de 12 meses. Desde mayo de 2016 hasta enero de este año, un total de 340,542 afiliados han pedido el retiro de sus fondos mediante este régimen.

Retiro AFP 2023 en abril: ¿Quiénes califican?

A continuación presentamos la relación de personas que, según la SBS, tienen la posibilidad de solicitar hasta el 95,5% de sus fondos:

  • Aquellos que tengan 65 años o más edad.
  • Aquellos que accedan al Régimen Especial de Jubilación Anticipada para Desempleados (REJA).
  • Aquellos que accedan a la jubilación anticipada ordinaria (JAO).
  • Aquellos que tengan la condición de pensionistas bajo la modalidad de Retiro Programado.
  • Quienes se encuentren percibiendo una pensión en el tramo de Renta Temporal.
  • Quienes se encuentren percibiendo una pensión bajo la modalidad de Renta Mixta o Renta Combinada (respecto del saldo disponible)