Link de Bono Navideño 2023: Pasos para cobrar los S/300 en diciembre

Conoce los requisitos y fechas de pago de los S/300
Por Jordy Acevedo
Link de bono Navideño 2023 - Requisitos para cobrar los S/300

El Gobierno del Perú ha anunciado la entrega de diversos subsidios para afrontar la crisis económica del país. Por ello, muchas personas se preguntan si existe el link de Bono Navideño para cobrarlo en diciembre de 2023. No te preocupes, en este artículo de InfoZport te contamos los detalles.

¿Existe algún link de Bono Navideño 2023?

Oficialmente no existe link de Bono Navideño 2023 ni tampoco un subsidio con este nombre. Lo único que se sabe es que el Gobierno entrega un aguinaldo en diciembre de S/300 para trabajadores del Sector Público.

Por ello, recomendamos a los lectores no hacer caso a los links que ofrecen el pago de un bono Navideño porque se podría tratar de una estafa.

¿Quiénes cobran el aguinaldo en diciembre?

El aguinaldo de diciembre se trata de una bonificación que reciben los empleados estatales dos veces al año: julio y diciembre.

Según el artículo 7 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023, el monto del aguinaldo navideño es de S/300.

link de bono navideño

¿Qué requisitos cumplir para cobrarlo?

Los trabajadores del sector público deben cumplir los siguientes requisitos para ser beneficiarios del aguinaldo de diciembre:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 y la Ley N° 29944.
  • Docentes universitarios bajo el régimen de la Ley N° 30220.
  • Personal de salud bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de las leyes N° 15117, N° 19846, N° 20530 y N° 28091.

¿Cuándo pagan el aguinaldo?

El aguinaldo de diciembre se paga junto con la remuneración del mes de diciembre, es decir, hasta el 15 de diciembre como máximo. Este beneficio no está sujeto a descuentos ni aportes, salvo los que correspondan al pago de deudas por alimentos.